En el caso de las empresas de servicios de la Unión Europea, las autoridades de los Estados miembros deben tener en cuenta los requisitos de seguridad y de seguridad establecidos en el artículo 6 del Reglamento (CE) n.o 765/2008.
En el caso de las empresas de servicios de la Unión Europea, las autoridades de los Estados miembros deben tener en cuenta los requisitos de seguridad y de seguridad establecidos en el artículo 6 del Reglamento (CE) n.o 765/2008.